REGISTRO MUNICIPAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

Trámite: Temporal de Construcción de Cochera o Local y de Barda.

Alias: Permiso Temporal de Construcción de Cochera o Local y de Barda.
Denominación del área responsable: Dirección de Desarrollo Urbano y Fisonomía Palacio Municipal, Avenida CTM entre Avenida 115 y Avenida 125 norte, Manzana 001, Lote 22, Supermanzana 053, Fraccionamiento La Gran Plaza de la Riviera, Municipio de Playa del Carmen, Quintana Roo, C.P. 77723
Horario de atención: De Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 Horas.
Responsable del área: Arquitecto Oscar Emmanuel Gallardo Escamilla, Director de Desarrollo Urbano y Fisonomía.
Homoclave: MPDC-SOT-DDUYF-SOAyC-PTCCLB-033
Fecha de actualización: 19 de septiembre del año 2025.

Categoría: Trámite

Descripción del trámite o servicio: Para la obtener del permiso temporal de construcción de cochera o local y de barda menor, se debe cumplir con los requisitos establecidos, presentarlos en la ventanilla de trámite y recepción de la Dirección de Desarrollo urbano y Fisonomía una vez revisados y autorizados por el área correspondiente, se debe cubrir el pago de derecho, una vez acreditado el pago, se establecerá el proceso y la fecha para su entrega.

Beneficio que se obtiene con este trámite o servicio: Que la construcción a realizar cuente con el análisis y autorización por parte de la dependencia que regula la construcción de las obras en inmuebles privados; Se podrá regular los locales comerciales que por tu uso de suelo no es posible regularizarlo de forma tradicional.

Casos en los que se debe o puede presentar este trámite o servicio: Cuando el ciudadano requiera realizar la construcción de una cochera, local comercial o barda menos de 2.2 metros de altura

Documento que se obtiene: Permiso Temporal de construcción de cochera o local y de Barda.

Tiempo de resolución del servicio: Hasta 3 meses, en caso de no recibir respuesta aplica la negativa ficta (Artículo 23 del Código de Procedimientos y Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo.

Vigencia del documento que se obtiene: el documento tendrá como vigencia 3 a 6 meses o en caso de local comercial una vigencia hasta el 30/09/2027

Requiere de una visita municipal: Si (inspección o verificación) verifica que la información proporcionada coincida con la física, así como el cumplimiento de las medidas de seguridad necesarias en la obra.

Fundamento jurídico de la inspección o verificación: Artículos 501, 559, 560, 561, 562 y 563 del Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo.

Fundamento legal del trámite o servicio: De conformidad con los artículos 126, 127, 128 fracción VIII, 145, 155, y 156 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, artículos 65, 66, 89, 90, de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; artículos 1, fracciones I y 5, 7, 8 ,9 Y 11 de la Ley de Asentamientos Humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano del Estado de Quintana Roo, 18 del Reglamento interior del H. Ayuntamiento de Solidaridad. Quintana Roo, 1, 2, 3, 14, inciso A), Fracción VIl: 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122 y 123 del Reglamento de la Administración Pública Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 42, 43, 44, 45, 46, 61, 87, 88, 207, 213, 251, 396, 404, 405, 419, 430, 493, 496, 513, 530, 531, 532, 551, 535, 540, 542, 544, 545, 542, 544, 545, 547, 548, 551, 555, 556, 557, 558, 559, 560, 569, 570, 575, 576, 580, 582, 585, 586, 587, 589, 592, 593 y demás que señala el Reglamento de Construcción para el Municipio de Solidaridad, así como los Programas de Desarrollo Urbano y Fisonomía del Municipio de Solidaridad, la Dirección se encuentra facultada para otorgar el presente PERMISO TEMPORAL DE CONSTRUCCIÓN.
Que para el originen del trámite de Construcción de Cochera o Local y de Barda menor, se encuentra aprobado mediante acuerdo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Playa del Carmen, Quintana Roo, en la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Playa del Carmen, Quintana Roo, Administración 2024-2027, celebrada en fecha veintidós de agosto del año dos mil veinticinco, y publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, en fecha once de septiembre del año dos mil veinticinco tomo III, número 170 extraordinario de la Décima Época.

Sitio de internet (informativo):

Trámite en línea: No Aplica.

Vía telefónica: Sólo información (984) 8773050, extensión 10121.

Presencial: Acudir a las oficinas de la Dependencia con todos los documentos especificados en la lista de requisitos antes mencionada para el ingreso de la solicitud.

Criterios de resolución: Conforme al uso de suelo del predio respecto del Plan de Desarrollo Urbano vigente y los metros cuadrados a construir.

  1. Predial Vigente (copia Simple).
  2. Documento que acredite la propiedad; escritura con registro público de la propiedad y del comercio, y/o contrato de arrendamiento vigente firmado (copia simple).
  3. Identificación oficial del propietario o representante legal (copia simple).
  4. Fotos del predio y/o área a construir.
  5. Anuencia vecinal (si aplica).
DESCRIPCIÓNCÓDIGO QRDESCARGAR
SOLICITUD DE TRÁMITE TEMPORAL DE CONSTRUCCIÓN DE COCHERA O LOCAL Y DE BARDA MENOR

Costo del trámite: Los derechos son de un precio único de $1,500.00

Fundamento jurídico del cobro:
Artículos 67 y 68 de la Ley de Hacienda del Municipio de Solidaridad, del Estado de Quintana Roo.

Las sanciones van desde ($339.42 pesos a $11,314.00 pesos) por metro cuadrado de construcción

Fundamento jurídico de las sanciones:
Artículo 76 Fracciones IV y XVII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, artículos 576, 577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589, 590, 591 y 592 del Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, y 59, 71, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 83 del Reglamento de Publicidad y Anuncios del Municipio de Solidaridad.

Forma de determinación de las sanciones: Desde 3 a 100 U.M.A., conforme a la gravedad del hecho de acuerdo con los parámetros establecidos en la Ley de Hacienda del Municipio de Solidaridad del Estado de Quintana Roo y Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo.

Fundamento jurídico del cobro de las sanciones: Artículo 68 de la Ley de Hacienda del Municipio de Solidaridad, del Estado de Quintana Roo, y los artículos 576, 577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587 588, 589, 590, 591 y 592 del Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo.

Buzón de Protesta Ciudadana:
En caso de incumplimiento de alguna Autoridad
o Dependencia de lo aquí establecido, Inconformidad ciudadana,
presunta negativa injustificada o falta de respuesta,
ingrese al siguiente enlace y obtendrá una respuesta por ley,
en un máximo de 8 días hábiles, previo Registro.
PROTESTA CIUDADANA

Lcdo. Javier Maza Toledo
Titular de la Comisión de Mejora Regulatoria
Teléfono: (984) 877 3050 Ext. 10057 – 10058
Correo: u.mejoraregulatoria@playadelcarmen.gob.mx