REGISTRO MUNICIPAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

Trámite: Licencia de Terminación de Obra.

Alias: Terminación de Obra.
Denominación del área (s) responsable: Dirección de Desarrollo Urbano y Fisonomía Palacio Municipal, Avenida CTM entre Avenida 115 y Avenida 125 norte, Manzana 001, Lote 22, Supermanzana 053, Fraccionamiento La Gran Plaza de la Riviera, Playa del Carmen, Solidaridad, Quintana Roo, C.P. 77723.
Horario de atención: De lunes a viernes de 9:00 A 15:00 horas.
Responsable del área: Arquitecto Oscar Emmanuel Gallardo Escamilla, Director de Desarrollo Urbano y Fisonomía.
Homoclave: MSOL-SOT-DDUYF-SOAYC-LTO-009
Fecha de actualización: 15 de enero de 2025.

Categoría: Licencia de Terminación de Obra.

Descripción del trámite o servicio: Para obtener la Licencia de Terminación de Obra, se debe cumplir con los requisitos establecidos, presentarlos en la ventanilla de trámite y recepción de la Dirección de Desarrollo urbano y Fisonomía una vez revisados y autorizados por el área correspondiente, se debe cubrir el pago de derecho, una vez acreditado el pago, se establecerá el proceso y la fecha para su entrega.

Beneficio que se obtiene con este trámite o servicio: Que la construcción a realizada cuente con el cierre o término de obra, ya sea parcial o total.

Casos en los que se debe o puede presentar este trámite o servicio: Cuando el ciudadano de aviso de la conclusión de los trabajos para el cierre de ejecución de obra.

Documento que se obtiene: Licencia de Terminación de Obra.

Tiempo de resolución del servicio: Hasta 3 meses, en caso de no recibir respuesta aplica la negativa ficta. (Artículo 18 del Código de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo).

Vigencia del documento que se obtiene: No aplica vigencia, se da conclusión a los trabajos de obra.

Requiere de una visita municipal: Si (inspección o verificación) verifica que la información proporcionada coincida con la física, así como el cumplimiento de las medidas de seguridad necesarias en la obra.

Fundamento jurídico de la inspección o verificación: Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo vigente, Artículos 501, 559, 560, 561, 562 y 563.

Fundamento legal del trámite o servicio: Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, Artículo 76 Fracción III. Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, Artículos 3 Fracción VII, 545, 547, 548 y 551.

Sitio de internet (informativo): Licencia de Terminación de Obra. MSOL-SOT-DDUYF-SOAYC-LTO-009 – H. Ayuntamiento de Solidaridad (gobiernodesolidaridad.gob.mx)

Trámite en línea: No aplica.

Vía telefónica: Sólo información (984) 8773050, extensión 10121.

Presencial: Acudir a las oficinas de la Dirección de Desarrollo Urbano y Fisonomía con todos los documentos especificados en la lista de requisitos antes mencionada para el ingreso de la solicitud.

Criterios de resolución: Conforme al uso de suelo del predio respecto del Plan de Desarrollo Urbano vigente y los metros cuadrados a demoler.

1. Predial Vigente (copia simple).
2. Licencia y/o planos autorizados previamente en original para prórroga y terminación de obra (copia simple).
3. Fotos y/o perspectiva del proyecto.
4. Bitácora de obra (original).
5. Oficio de solicitud del trámite (original).
6. Solicitud ante CFE (pagada) del resolutivo de la transición área a subterránea o modificación a la estructura de tipo “T” a estructura tipo bandera con conductor semi aislado (para edificios a partir de 3 niveles).
7. Manifestación de impacto ambiental según su caso.

DESCRIPCIÓNARCHIVO
FORMATO ÚNICO PARA CONSTRUCCIÓN (REQUISITOS)

Costo del trámite: Los derechos van desde 0.20 – 0.75 veces U.M.A. ($22.62 A $84.85 pesos) por metro cuadrado de construcción.

Fundamento jurídico del cobro: Artículos 67 y 69 de la Ley de Hacienda del Municipio de Solidaridad, del Estado de Quintana Roo.

Las sanciones van desde ($339.42 pesos a $11,314.00 pesos) por metro cuadrado de construcción.

Fundamento jurídico de las sanciones: Artículo 76 Fracciones IV y XVII del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, artículos 576, 577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589, 590, 591 y 592 del Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo, y 59, 71, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 83 del Reglamento de Publicidad y Anuncios del Municipio de Solidaridad.

Forma de determinación de las sanciones: Desde 3 a 100 U.M.A., conforme a la gravedad de hecho de acuerdo a los parámetros establecidos en los instrumentos normativos vigentes que rigen en el municipio de Solidaridad.

Fundamento jurídico del cobro de las sanciones: Artículo 68 de la Ley de Hacienda del Municipio de Solidaridad, del Estado de Quintana Roo, y los artículos 576, 577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587 588, 589, 590, 591 y 592 del Reglamento de Construcción del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo.

Buzón de Protesta Ciudadana:
En caso de incumplimiento de alguna Autoridad
o Dependencia de lo aquí establecido, Inconformidad ciudadana,
presunta negativa injustificada o falta de respuesta,
ingrese al siguiente enlace y obtendrá una respuesta por ley,
en un máximo de 8 días hábiles, previo Registro.
PROTESTA CIUDADANA

Lcdo. Javier Maza Toledo
Titular de la Comisión de Mejora Regulatoria
Teléfono: (984) 877 3050 Ext. 10057 – 10058
Correo: comisionado.cmr@gobiernodesolidaridad.gob.mx