REGISTRO MUNICIPAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

Trámite: Impuesto sobre Juegos Permitidos, Rifas y Loterías.

Alias: Juegos Permitidos, Rifas y Loterías.
Denominación del área (s) responsable: Dirección de Ingresos, ubicada en Calle 10 entre 20 y 25 Av., colonia Centro, Palacio Municipal, Playa del Carmen, Quintana Roo.
Horario de atención: De lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas en días hábiles.
Responsable del área: Lic. Alejandra Madrigal Camino, Directora de Ingresos.
Homoclave: MPDC-TM-DI-PDIG-017
Fecha de actualización: 29 de enero de 2026

Categoría: Impuesto

Descripción del trámite o servicio: Acudir a la ventanilla de recepción para presentar su solicitud.

Beneficio que se obtiene con este trámite o servicio: Conservación y mantenimiento de la vía pública, tratamiento integral de residuos sólidos urbanos, alumbrado público amigable con el medio ambiente y eliminación de tiraderos de basura a cielo abierto.

Casos en los que debe o puede presentar este trámite o servicio: Los contribuyentes ya sean personas físicas o morales que obtengan ingresos derivados de premios por loterías, rifas, sorteos y concursos.

Documento que se obtiene: Recibo oficial de pago.

Tiempo de resolución del servicio: 7 días hábiles después de presentar la solicitud (toda solicitud requiere autorización).

Vigencia del documento que se obtiene: Mensual.

Requiere de una visita municipal: No.

Fundamento jurídico de la inspección o verificación: No aplica.

Fundamento legal del trámite o servicio: Ley de Hacienda del Municipio de Playa del Carmen, Capítulo IV, Art. 35 al 40. Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Playa del Carmen, Quintana Roo: Art. 34 fracción VI. y 40 fracción II.

Sitio de internet (informativo): https://playadelcarmen.gob.mx/remtys_tesoreriamunicipal

Trámite en línea: No aplica.

Vía telefónica: Solo información (984-8773050, Ext. 10206).

Presencial: Acudir a las oficinas de la Dirección de Ingresos en la ventanilla de recepción.

Criterios de resolución: El cumplimiento de la factibilidad de lo solicitado con el giro comercial.

1.- Escrito libre de solicitud, original y copia dirigido al Titular de la Dirección de Ingresos, firmado por el interesado o apoderado legal, que incluya:

• Nombre o razón social del solicitante.
• Domicilio para oír y recibir notificaciones.
• Giro o tipo de actividad comercial.
• Periodo para declarar.

2.- Fotografías a color y croquis de ubicación del establecimiento (en caso de presentarlo por primera vez y para renovación).

3.- Realizar el pago del Impuesto.

Original y copia de la solicitud.

El 6% sobre los ingresos obtenidos por premios derivados de loterías, rifas, sorteos y concursos.

El 10% sobre los ingresos obtenidos por la enajenación de billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o concursos de todo tipo.

El 6% sobre las apuestas y juegos permitidos.

El 5% sobre los comprobantes, billetes o cualquier otro comprobante.

Buzón de Protesta Ciudadana:
En caso de incumplimiento de alguna Autoridad
o Dependencia de lo aquí establecido, Inconformidad ciudadana,
presunta negativa injustificada o falta de respuesta,
ingrese al siguiente enlace y obtendrá una respuesta por ley,
en un máximo de 8 días hábiles, previo Registro.
PROTESTA CIUDADANA

Lcdo. Javier Maza Toledo
Titular de la Comisión de Mejora Regulatoria
Teléfono: (984) 877 3050 Ext. 10057 – 10058
Correo: u.mejoraregulatoria@playadelcarmen.gob.mx