REGISTRO MUNICIPAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS

Trámite: Alta por Subdivisión y/o Fusión

Alias: Altas de Claves Catastrales.
Denominación del área responsable: Dirección de Catastro, ubicada en Av. 20 Norte, entre calles 8 y 10 Norte, Mza. 101, Colonia Centro, C.P. 77710, Playa del Carmen, Quintana Roo.
Horario de atención: Lunes a Viernes, de 9:00 a 17:00 horas.
Ingreso de trámites: en horario de 9:00 a 15:00 horas.
Entrega de trámites: en horario de 09:00 a 17:00 horas. NOTA: La entrega se realizará únicamente a la persona solicitante o a su representante debidamente acreditado, previa presentación del comprobante de pago e identificación oficial vigente.
Responsable del área: Director de Catastro – C. Mauricio Adrián Leal Maldonado.
Homoclave: MPDC-TM-C-ASYF-003
Fecha de actualización: 29 de abril del 2026

Categoría: Trámite.

Descripción del trámite o servicio: Se asigna la clave catastral, para los lotes resultantes de fraccionar un predio; o se actualiza el registro de una clave catastral, por la unificación de predios, para formar uno solo.

Beneficio que se obtiene con este trámite o servicio: Certeza jurídica de estar dado de alta en el Sistema del Padrón Catastral.

Casos en los que se debe o puede presentar este trámite o servicio: Cuando se encuentre debidamente protocolizado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad, la Subdivisión o Fusión de un predio catastrado.

Documento que se obtiene: Informe Catastral por Subdivisión y/o Fusión.

Tiempo de resolución del servicio: 10 días hábiles / hasta 10 altas 12 días hábiles/ hasta 50 altas 15 días hábiles.

Vigencia del documento que se obtiene: Hasta que se realice alguna modificación en las partes que lo constituyen.

Requiere de una visita municipal: Sí.

Fundamento Jurídico de la inspección o verificación: Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo. Artículos 39-41.

Fundamento legal del trámite o servicio: Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo. Artículo 21, Fracciones I, IV y VI.
Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo. Artículos 14, 15 Fracción II, 28, 29 y 36 Fracciones VI y XII.

Sitio de internet (informativo): https://playadelcarmen.gob.mx/remtys_tesoreriamunicipal

Trámite en línea: No aplica.

Vía telefónica: Informativo 984.877.3050 Ext. 10203.

Presencial: Acudir a las oficinas de la Dirección de Catastro, con todos los requisitos. Posteriormente, se analizan los datos escriturales y registrales, la cartografía y los Informes de Subdivisión o Fusión, para su ubicación, y poder registrar la clave catastral. Se revisará la documentación, en caso de que haga falta algún documento, se le informará, para que lo presente, y no se cancele su trámite. Una vez revisados y validados los datos, se genera la información catastral en los medios técnicos catastrales y de registro. Al generar la información catastral, se procederá al registro de las claves catastrales en el sistema, y la expedición de la constancia correspondiente. El pago del derecho, lo debe realizar en las cajas de la Tesorería Municipal, para obtener oportunamente el recibo oficial, a fin de poder continuar con su trámite.

Correo electrónico: atencion.catastro@playadelcarmen.gob.mx

Criterios de resolución: Presentar requisitos completos y legibles, cubrir el costo establecido, según aplique.

  1. Solicitud dirigida al Director de Catastro (escrito libre).
  2. Pago de Impuesto Predial.
  3. Copia de la Escritura Pública con datos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio (sello de inscripción de Boleta de Registro).
  4. Copia del comprobante de pago del ISABI (Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles) también llamado ISAI; según aplique.
  5. Copia de identificación oficial con fotografía del propietario, si el solicitante no es el propietario, deberá presentar una carta poder original y/o copia del Poder Notarial; anexar copia de las identificaciones (del propietario, el apoderado y/o un par de testigos, en su caso).
  6. Cuando el contribuyente sea Persona Moral, se deberá presentar, Acta Constitutiva e identificación oficial del apoderado.
  7. Pago de derechos.
  8. Además, presentar los documentos debidamente escaneados en USB, en formato PDF (legibles y completos).

    Observación:
    Es muy importante cumplir con todos los requisitos, Juego de copias y archivos en digital PDF.

Presentar una solicitud por escrito dirigida a la persona titular de la Dirección de Catastro (Directora o Director), elaborada en computadora o a mano con letra legible, que incluya: fecha, datos del predio (los que tenga disponibles), motivo de la solicitud, nombre completo y firma.

Costo: 4.10 UMA ($480.97 MXN).

Observaciones:
Corresponde únicamente al registro o actualización catastral derivada de una subdivisión o fusión previamente autorizada. No sustituye ni duplica los trámites de Subdivisión o Fusión.

• Ley de Hacienda del Municipio de Playa del Carmen, Quintana Roo, Artículo 82, fracción VIII, inciso h).
• Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo, Artículos 36, 39 y 40.
• Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo, Artículos 9 a 11.
• Reglamento de Catastro del Municipio de Solidaridad (Playa del Carmen), Artículos 15, 20 y 21.

Buzón de Protesta Ciudadana:
En caso de incumplimiento de alguna Autoridad
o Dependencia de lo aquí establecido, Inconformidad ciudadana,
presunta negativa injustificada o falta de respuesta,
ingrese al siguiente enlace y obtendrá una respuesta por ley,
en un máximo de 8 días hábiles, previo Registro.
PROTESTA CIUDADANA

Lcdo. Rolando de Jesús Rodríguez Herrera
Titular de la Unidad de Simplificación Administrativa del Municipio de Playa del Carmen
Teléfono: (984) 877 3050 Ext. 10057 y 10058
Correo: remtys.sa@playadelcarmen.gob.mx