Trámite: Alta por Subdivisión y/o Fusión
Alias: Altas de Claves Catastrales.
Denominación del área responsable: Dirección de Catastro, ubicada en Av. 20 Norte, entre calles 8 y 10 Norte, Mza. 101, Colonia Centro, C.P. 77710, Playa del Carmen, Quintana Roo.
Horario de atención: Lunes a Viernes, de 9:00 a 17:00 horas.
● Ingreso de trámites: en horario de 9:00 a 15:00 horas.
● Entrega de trámites: en horario de 09:00 a 17:00 horas. NOTA: La entrega se realizará únicamente a la persona solicitante o a su representante debidamente acreditado, previa presentación del comprobante de pago e identificación oficial vigente.
Responsable del área: C. Mayra Angélica Castelo Chapa – Directora de Catastro.
Homoclave: MPDC-TM-C-ASYF-003
Fecha de actualización: 06 de agosto del 2026
Categoría: Trámite.
Descripción del trámite o servicio: Se asigna la clave catastral, para los lotes resultantes de fraccionar un predio; o se actualiza el registro de una clave catastral, por la unificación de predios, para formar uno solo.
Beneficio que se obtiene con este trámite o servicio: Certeza jurídica de estar dado de alta en el Sistema del Padrón Catastral.
Casos en los que se debe o puede presentar este trámite o servicio: Cuando se encuentre debidamente protocolizado e inscrito en el Registro Público de la Propiedad, la Subdivisión o Fusión de un predio catastrado.
Documento que se obtiene: Informe Catastral por Subdivisión y/o Fusión.
Tiempo de resolución del servicio: 10 días hábiles / hasta 10 altas 12 días hábiles/ hasta 50 altas 15 días hábiles.
Vigencia del documento que se obtiene: Hasta que se realice alguna modificación en las partes que lo constituyen.
Requiere de una visita municipal: Sí.
Fundamento Jurídico de la inspección o verificación: Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo. Artículos 39-41.
Fundamento legal del trámite o servicio: Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo. Artículo 21, Fracciones I, IV y VI.
Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo. Artículos 14, 15 Fracción II, 28, 29 y 36 Fracciones VI y XII.
Sitio de internet (informativo): https://playadelcarmen.gob.mx/remtys_tesoreriamunicipal
Trámite en línea: No aplica.
Vía telefónica: Informativo 984.877.3050 Ext. 10203.
Presencial: Acudir a las oficinas de la Dirección de Catastro, con todos los requisitos. Posteriormente, se analizan los datos escriturales y registrales, la cartografía y los Informes de Subdivisión o Fusión, para su ubicación, y poder registrar la clave catastral. Se revisará la documentación, en caso de que haga falta algún documento, se le informará, para que lo presente, y no se cancele su trámite. Una vez revisados y validados los datos, se genera la información catastral en los medios técnicos catastrales y de registro. Al generar la información catastral, se procederá al registro de las claves catastrales en el sistema, y la expedición de la constancia correspondiente. El pago del derecho, lo debe realizar en las cajas de la Tesorería Municipal, para obtener oportunamente el recibo oficial, a fin de poder continuar con su trámite.
Correo electrónico: atencion.catastro@playadelcarmen.gob.mx
Criterios de resolución: Presentar requisitos completos y legibles, cubrir el costo establecido, según aplique.
Además, presentar los documentos debidamente escaneados en USB, en formato PDF (legibles y completos).
Observación:
Es muy importante cumplir con todos los requisitos, Juego de copias y archivos en digital PDF.
Presentar una solicitud por escrito dirigida a la persona titular de la Dirección de Catastro (Directora o Director), elaborada en computadora o a mano con letra legible, que incluya: fecha, datos del predio (los que tenga disponibles), motivo de la solicitud, nombre completo y firma.
Costo: 4.10 UMA ($480.97 MXN).
Observaciones:
Corresponde únicamente al registro o actualización catastral derivada de una subdivisión o fusión previamente autorizada. No sustituye ni duplica los trámites de Subdivisión o Fusión.
• Ley de Hacienda del Municipio de Playa del Carmen, Quintana Roo, Artículo 82, fracción VIII, inciso h).
• Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo, Artículos 36, 39 y 40.
• Reglamento de la Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo, Artículos 9 a 11.
• Reglamento de Catastro del Municipio de Solidaridad (Playa del Carmen), Artículos 15, 20 y 21.
Buzón de Protesta Ciudadana:
En caso de incumplimiento de alguna Autoridad
o Dependencia de lo aquí establecido, Inconformidad ciudadana,
presunta negativa injustificada o falta de respuesta,
ingrese al siguiente enlace y obtendrá una respuesta por ley,
en un máximo de 8 días hábiles, previo Registro.
PROTESTA CIUDADANA
Lcdo. Rolando Jesús Rodríguez Herrera
Titular de la Unidad de Simplificación Administrativa del Municipio de Playa del Carmen
Teléfono: (984) 877 3050 Ext. 10057 y 10058
Correo: remtys.sa@playadelcarmen.gob.mx